5. 3. 14. SE MODIFICA el art. f) El mantenimiento de las relaciones de carácter general con otros departamentos ministeriales, organismos y entidades, que no se asignen a otros órganos del ministerio. La coordinación y supervisión del ejercicio de las competencias técnico- facultativas de las Delegaciones Especiales de Economía y Hacienda y de las Gerencias del Catastro. Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Presupuestos coordinar las Comisiones de Análisis de Programas, presidiéndolas cuando no lo haga la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. BOE-T-2005-111). b) La definición de las directrices que deban seguirse en cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa europea en materia de Gobernanza fiscal. 3.º Coordinar, en su caso, las actuaciones de las Intervenciones Delegadas regionales o territoriales, en cuanto realicen controles sobre órganos periféricos dentro de la esfera del organismo o entidad. En particular: 1.º La formulación de la propuesta de los objetivos de estabilidad presupuestaria y el límite de gasto no financiero del Estado. BOE-A-2022-12486. m) Las que, según los distintos Reglamentos europeos, correspondan a la Autoridad de Gestión o autoridad asimilable de los programas operativos financiados por el FEDER, el Fondo de Transición Justa, la Cooperación Territorial Europea, el Fondo de Cohesión, el Fondo de Solidaridad, el Instrumento Financiero del Espacio Económico Europeo, el Instrumento de Vecindad y otros fondos que se le asignen. 2.º La Dirección General de Presupuestos. 5. 4.º La coordinación de la función de auxilio y colaboración con la Administración de Justicia establecida en el párrafo j) del apartado 1 del presente artículo mediante el ejercicio de las funciones de centralización, apoyo y asignación de las peticiones de auxilio judicial al personal de los servicios centrales, las intervenciones delegadas, regionales o territoriales, así como su seguimiento. Última actualización, publicada el 27/07/2022, en vigor a partir del 28/07/2022. c) La Subdirección General de Desarrollo Urbano, a la que corresponden las funciones k), ñ), p), q), r) y aa) relativas a las políticas de Desarrollo Urbano cofinanciadas por el FEDER, así como las funciones que, por razón de sus competencias relativas a los programas operativos del Fondo de Cohesión y del Fondo de Solidaridad, figuran en los párrafos l), n), ñ), p), q), r), y s). j) La tramitación de los procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia catastral. 3. Asimismo, corresponde a la Secretaría de Estado de Función Pública la Presidencia de la Comisión Superior de Personal y la vicepresidencia de la Conferencia Sectorial de Administración Pública. En el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley para incorporar a la Ley de Procedimiento Laboral las modalidades y especialidades procesales correspondientes … n) La gestión del Registro Central de Personal. s) La elaboración de bases comunes y el informe de las convocatorias para el acceso a la condición de empleado y empleada pública del sector público estatal. 2.º Estudiar y proponer la resolución de las discrepancias que se susciten como consecuencia de la función interventora. Finalmente, se incluye una mínima modificación del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte introduciendo ajustes en materia de adscripción, denominación y funciones de algunos de sus órganos y organismos adscritos en aras de lograr una mejor gestión, supervisión y control de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las unidades administrativas integrantes de dicha Delegación dependerán orgánica y funcionalmente del mismo. 11. 9. La resolución de asignación determinará los servicios a compartir, pudiendo referirse a la gestión de sus bienes inmuebles, contratación pública, sistemas de información y comunicación y recursos humanos, entre otros. h) Las de carácter sancionador que estén previstas en las correspondientes normas. Asimismo, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local dependerá un Gabinete Técnico, como órgano de apoyo y asistencia inmediata, que tendrá nivel orgánico de Subdirección General. Estas resoluciones pondrán fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra las mismas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien ser impugnadas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción. 8.º La coordinación de la Unidades de Enlace con la Intervención General de la Defensa y de la Seguridad Social en el ejercicio de las competencias previstas en los números anteriores que, en sus respectivos ámbitos, correspondan a la persona titular de la Intervención General. c) La Subdirección General de Estudios Financieros de Entidades Locales, que ejercerá las funciones enumeradas en los apartados b), g), h) e i), del apartado 1 de este precepto, así como las enumeradas en el párrafo p) del apartado 1 del artículo 4 en relación con el ámbito de sus competencias. d) La coordinación con los ministerios, organismos públicos, comunidades autónomas y entidades locales y resto de entidades nacionales y comunitarias implicadas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 2. Los vocales del Consejo de Administración de la entidad serán designados por Orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Corresponde a los Órganos directivos de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, así como a sus entidades u organismos dependientes o vinculados, responsables de la información económico-financiera que corresponda proveer al Ministerio de Hacienda y Función Pública en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, su normativa de desarrollo, la normativa de la Unión Europea y el resto de la normativa económico-financiera que resulte aplicable, la remisión de dicha información a efectos de su publicación a la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas en los términos previstos reglamentariamente. 3.º Establecer los cauces de coordinación e información sobre irregularidades y sospechas de fraude entre las diferentes instituciones nacionales y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude. 9. i) El análisis y actuaciones que procedan respecto de la información enviada por las comunidades autónomas, sobre sus entidades y organismos vinculados o dependientes, para el desarrollo de las competencias atribuidas a la Secretaría General en el marco de la normativa presupuestaria. Están adscritos a la Dirección General del Catastro: a) El Consejo Superior de la Propiedad Inmobiliaria. De la Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial dependen directamente las siguientes subdirecciones generales: a) La Subdirección General de Gestión de la Financiación Autonómica, que ejercerá las funciones enumeradas en los párrafos a), b), c) y d) del apartado 1 de este precepto. b) La Subdirección General de Responsabilidades Administrativas, que desarrollará las funciones de los párrafos i), j) y l) del apartado 1 anterior, así como las de apoyo a las restantes funciones que le sean encomendadas por la persona titular de la Inspección General. El apartado 1 del artículo 4 pasa a tener la siguiente redacción: «1. 1. 6.º La tramitación de los expedientes derivados del Portal de Transparencia. En concreto, le corresponden las siguientes funciones: 1.º La seguridad de la información; el establecimiento de metodologías y estándares comunes para el desarrollo y puesta en producción de las aplicaciones; el diseño y gestión de los sitios web y sedes electrónicas para el empleado y el ciudadano del correspondiente ámbito de actuación, de acuerdo con las especificaciones de los centros directivos; y el diseño, desarrollo y actualización de los sistemas de información y aplicaciones generales de carácter corporativo, comunes al ámbito de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Intervención General de la Administración del Estado. 4. La persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos ejercerá la Presidencia de la Comisión Interministerial de Retribuciones. 2. k) La realización de análisis y estudios económicos en el ámbito de los Fondos europeos. 93 de la misma, por Declaración de 13 de diciembre de 2004 (Ref. g) La Intervención Delegada en materia de Clases Pasivas. f) El desarrollo de sistemas de información e indicadores para la evaluación permanente de la eficacia y la eficiencia de los servicios del ministerio. f) Estudio, planificación, diseño, gestión y seguimiento de la contratación centralizada de servicios y suministros para la gestión de inmuebles. Artículo 87. b) La dirección, impulso y coordinación de las actuaciones relativas a la participación del departamento en los órganos colegiados del Gobierno y en los de colaboración y apoyo al Gobierno. 3.º La determinación de los límites cuantitativos y directrices que han de respetar las propuestas de gasto de los centros gestores, de acuerdo con las decisiones de la Comisión de Políticas de Gasto y el límite de gasto no financiero aprobado. b) La propuesta, elaboración e interpretación de la normativa del régimen tributario general y de las figuras tributarias no atribuidas expresamente a otros órganos del Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como la realización de los estudios, económicos y jurídicos, necesarios para el cumplimiento de estas tareas. 1. Se adscriben al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, los organismos autónomos Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado e Instituto Nacional de Administración Pública. d) Elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, gestión y tramitación administrativa de los expedientes de contratación centralizada y funciones de secretaría del órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada. La persona titular de la Delegación de Economía y Hacienda queda constituida en órgano de contratación, dentro de los recursos que a tal efecto se asignen a cada Delegación, para las materias y con los límites que a continuación se detallan, salvo delegación expresa: a) Contratos menores de obras a los que se refiere el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. b) Contratos de suministros, de consultoría y asistencia y de servicios, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación. n) El análisis y seguimiento de los objetivos fijados a los centros gestores en el presupuesto, así como el de la aplicación de las dotaciones que les hayan sido atribuidas, en orden a una eficaz asignación presupuestaria. Como órgano de apoyo y asistencia inmediata de la Secretaría General de Fondos Europeos dependerá un Gabinete Técnico, que tendrá nivel orgánico de Subdirección General. Cinco. Las ordenanzas fiscales de las entidades locales a que se refiere el artículo 17.3 de esta ley regirán durante el plazo, determinado o indefinido, previsto en ellas, sin que quepa contra ellas otro recurso que el contencioso- administrativo que se podrá interponer, a partir de su publicación en el boletín oficial de la provincia, o, en su caso, de la comunidad autónoma … 2. g) La Subdirección General de Programación Financiera del Sector Público Empresarial, a la que corresponden las funciones comprendidas en los párrafos a), c), d), e), l), m) y ñ) del apartado 1. h) La Subdirección General de Análisis y Programación Económica, a la que corresponden las funciones comprendidas en los párrafos e), i), j) y k) del apartado 1. i) La Subdirección General de análisis presupuestario transversal y Gestión de Recursos, a la que corresponden las funciones recogidas en el párrafo h) del apartado 1 y que ejercerá las funciones de cobertura y apoyo requeridas respecto a las materias relacionadas en los párrafos c), d), e), k), q), r), s) y t) del apartado 1, así como la planificación logística de las necesidades del proceso presupuestario, la gestión de los recursos humanos y materiales del centro directivo y la asistencia y apoyo a la persona titular de la Dirección General. e) La supervisión de los progresos en relación con los hitos y objetivos del Plan. 2. 13.2, por Reforma de 27 … 14. 2.º La planificación y programación global de actuaciones y su asignación a las unidades que deban desempeñarlas. h) La racionalización y modernización de las estructuras organizativas de la Administración General del Estado y de sus procedimientos, así como la inspección de servicios de dicha administración y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. ñ) El análisis de la evolución y ejecución de los ingresos y gastos reflejados en los Presupuestos Generales del Estado. f) La elaboración de los estudios y propuestas específicas para el control de la estabilidad presupuestaria dentro de las directrices fijadas por el Gobierno. A tal efecto, le corresponde especialmente: a) El examen, informe y propuesta de las normas presupuestarias y cualesquiera otras en materia de indemnizaciones y gastos de personal. h) La planificación, coordinación, elaboración y dirección de los proyectos de obras; la tramitación de los expedientes de contratación de obras y el mantenimiento y conservación de los inmuebles cuya gestión corresponda a la Subsecretaría del Departamento, tanto de los servicios centrales como de las diferentes Delegaciones de Economía y Hacienda; el mantenimiento del inventario de los inmuebles afectos al departamento, la gestión de tesorería de los créditos presupuestarios de los servicios comunes. El Ministerio de Hacienda Función Pública es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos y de empresas públicas, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. 3. e) Un Secretario/a, designado entre los funcionarios de la Delegación por el Presidente del órgano de contratación. La gestión y mantenimiento de contenidos de la Intranet y Sede Electrónica del ministerio y la coordinación de las sedes electrónicas e Intranets pertenecientes a centros directivos y organismos del departamento. La designación de cuatro de dichos vocales se realizará a propuesta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Por el Ministerio de Hacienda y Función Pública se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto. b) Las referencias del ordenamiento jurídico a la Secretaría General de Cultura se entenderán realizadas a la Secretaría General de Cultura y Deporte. Su disposición final segunda determina la necesidad de completar la organización de cada ministerio, adaptándola a su nueva estructura básica, mediante la promulgación de un real decreto de desarrollo. v) Las relacionadas con la certificación, la contabilización y los pagos, en lo referente al FEDER, al Fondo de Transición Justa, al Fondo de Cohesión, Fondo de Solidaridad, al Instrumento Financiero del Espacio Económico Europeo y cualquier otro Fondo o Instrumento que se le asigne, las que según los distintos Reglamentos europeos y para los distintos periodos de Programación correspondan a la Autoridad de Certificación o al organismo responsable de la Función Contable de los programas operativos cofinanciados por dichos fondos; incluirá principalmente, la elaboración y remisión de las declaraciones de gastos, solicitudes de pagos, estados y cuentas de gastos y la tramitación de las propuestas de pago a los beneficiarios de las actuaciones cofinanciadas por los mencionados fondos. c) La Subdirección General de Tecnología y Despliegue Digital que ejercerá las funciones relacionadas en los párrafos k), l) y m) del apartado 1. d) La Secretaría General, que ejercerá las funciones relacionadas en los párrafos n), ñ), o), p), y q) del apartado 1. b) La Entidad Pública Empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. r) La coordinación con la IGAE a fin de tener conocimiento continuo de los controles realizados por la misma. Ref. En particular, corresponden a la Secretaría de Estado de Función Pública las funciones que se enumeran a continuación: a) El régimen jurídico de la función pública, así como la gestión del régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses de los miembros del Gobierno, altos cargos y del personal al servicio de la Administración General del Estado, de sus organismos públicos y del sector público estatal. f) Las relaciones con las organizaciones sindicales en el ámbito de la Administración General del Estado; la coordinación de acuerdos y pactos en relación con la negociación colectiva de los empleados y empleadas públicas de la Administración General del Estado derivadas de las mesas de negociación de personal funcionario y laboral. Contra las resoluciones de la Oficina del Censo Electoral puede interponerse recurso ante el Juez de lo contencioso-administrativo en un plazo de cinco días a partir de su notificación. La presidencia de las secciones del Comité de Cooperación en materia de contratación pública corresponderá a las personas titulares de los siguientes órganos: a) La Sección relativa a la regulación de la contratación estará presidida por la persona titular de la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. 1. 7. g) La Subdirección General del Sector Público Institucional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos p), q), r) y s) de este artículo. El Real Decreto 507/2021, de 10 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales ha creado el Ministerio de Hacienda y Función Pública como Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. l) La tramitación y formulación de las propuestas de resolución de los recursos previstos en los artículos 44.6 y 321.5 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando su resolución corresponda a la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública. 2. e) El ejercicio de las facultades atribuidas al departamento en relación con la política financiera y tesorería de las comunidades autónomas. 3. Ref. Ocultar / Mostrar comentarios . La Sentencia, que habrá de dictarse en el plazo de cinco días, se notifica al interesado, al Ayuntamiento, al Consulado y a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. En particular, el ejercicio de las facultades sobre autorizaciones legalmente atribuidas al Ministerio de Hacienda y Función Pública en relación con el endeudamiento y la concesión de avales, reavales u otra clase de garantías públicas o medidas de apoyo extrapresupuestario de las comunidades autónomas; así como el estudio, informe y propuesta de las normas y medidas en materia financiera de las comunidades autónomas, la aplicación a las mismas de la normativa correspondiente y su seguimiento. La Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en colaboración con la División de Tecnologías de la Información del Ministerio de Política Territorial, continuará realizando la provisión de servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, propios de las unidades TIC de los Ministerios, en el ámbito de servicios de la Secretaría de Estado de Función Pública, hasta tanto se firme la necesaria resolución conjunta entre la subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, la subsecretaría del Ministerio de Política Territorial y la subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se efectúe la distribución de medios materiales y presupuestarios y la resolución conjunta entre la subsecretaría del Ministerio de Política Territorial y la subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se efectúe la distribución de efectivos. i) Las actuaciones derivadas del ejercicio del control de los fondos europeos, en lo que se refiere al ejercicio de las funciones de autoridad de auditoría y Servicio Específico en aquellos fondos en los que la Intervención General de la Administración del Estado tenga tal condición y de Autoridad de Control del Plan y Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, de acuerdo con su normativa reguladora. r) Coordinación de actuaciones del Catastro inmobiliario en el ámbito rural, así como su vinculación con el desarrollo sostenible del territorio rural y la protección del medio ambiente. c) La Dirección General de Costes de Personal. 4. p) El informe previo de todos los acuerdos, convenios, pactos o cualesquiera otros instrumentos de negociación colectiva similares, así como de las medidas que se adopten en su cumplimiento o desarrollo, cuyo contenido se refiera a gastos imputables al capítulo de gastos de personal de los presupuestos de las Entidades públicas empresariales, y demás entes públicos del sector público estatal, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público estatal y consorcios participados mayoritariamente por el sector público estatal, así como a demás condiciones de trabajo. 1. c) Registrar contablemente las operaciones de naturaleza económico-financiera generadas en su ámbito territorial, de acuerdo con los procedimientos contables que se regulen al respecto. p) La representación en los comités y grupos de trabajo de coordinación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de otros comités u órganos colegiados donde sea competente. m) La supervisión continua de las entidades y organismos del sector público institucional estatal en los términos previstos en el artículo 85 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en las disposiciones que lo desarrollen. La función de la letra b) se ejercerá en coordinación con la Subdirección General de la Inspección General de Servicios de la Administración General del Estado. b. Se modifica el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, en los siguientes términos: Uno. En particular, el apoyo a la Subsecretaría para el impulso y la coordinación en materia de administración electrónica. l) El impulso de los planes y programas de transparencia, incluyendo la atención e información a los ciudadanos en esta materia y la gestión del Portal de Transparencia de la Administración General del Estado previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, con el soporte técnico de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Está adscrita a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, con rango de Subsecretaría, la Intervención General de la Administración del Estado. BOE-A-2022-2327. Dependen de la Dirección General de la Función Pública los siguientes órganos: a) La Subdirección General de Planificación de Recursos Humanos y Retribuciones, a la que corresponden las funciones contenidas en las letras a) y b) del apartado 1 de este artículo. No obstante, cuando una Administración interponga recurso contencioso-administrativo contra otra, podrá requerirla previamente para que derogue la disposición, anule o revoque el acto, haga cesar o modifique la actuación material, o inicie la actividad a que esté … Dicha adaptación en ningún caso podrá generar incremento de gasto público. 2. k) Obtención, tratamiento y análisis de la información de la contratación centralizada. 3. q) El impulso y propuesta de iniciativas tendentes a mejorar las técnicas presupuestarias que permitan una mayor racionalización de los programas presupuestarios. Corresponde a las Delegaciones de Economía y Hacienda el ejercicio en el ámbito territorial y conforme a la distribución de competencias establecida en la correspondiente normativa, de las funciones siguientes en materia de hacienda y de presupuestos y gastos: a) Las relativas a la gestión e inspección catastral, sin perjuicio de la dependencia funcional de las Gerencias Territoriales, respecto de la Dirección General del Catastro. 2. c) El estudio, informe y control de las disposiciones en materia de retribuciones e indemnizaciones y de otras medidas de la que puedan derivarse consecuencias económicas para el personal del sector público. Se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón y la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura. Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su contenido. r) La representación en los comités y grupos de trabajo de coordinación de fondos europeos y de otros comités u órganos colegiados donde sea competente y la coordinación e impulso de las Redes Temáticas relacionadas con el FEDER y otros fondos que se le asignen.
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